El Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, aprobó la Resolución PGN N° 56/2026, mediante la cual el Ministerio Público Fiscal de Argentina pone en marcha la “Guía para la investigación de incidentes terroristas previos a un ataque”.
Elaborado conjuntamente por la Secretaría de Análisis Integral del Terrorismo Internacional (SAIT) y la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), el protocolo busca unificar los criterios judiciales en todo el país para evitar que las alertas iniciales o amenazas en línea sean tratadas de manera aislada como delitos comunes.
- Te puede interesar: Diego Casaló: “La mayor fortaleza de la Policía de la Ciudad es permitir que la gente disfrute”
El “Ciclo Terrorista”: cómo neutralizar las amenazas antes de un atentado
La piedra angular del nuevo documento reside en la concepción del terrorismo como un proceso criminal continuo y permanente en lugar de un hecho instantáneo o aislado. Denominado en la doctrina especializada como “Ciclo Terrorista”, este enfoque enseña que la ejecución de un atentado representa únicamente la fase final y visible de una larga cadena de actividades previas. Antes de la detonación o la agresión física, existen etapas críticas e interdependientes que abarcan la propaganda, la radicalización, el reclutamiento, la formación técnica, la financiación, la logística y la selección de objetivos.
En sintonía con la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo y diversas resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, la Procuración General enfatiza que la respuesta judicial no puede ser meramente reactiva. Esperar a que el ataque sea inminente o ya se haya consumado resulta ineficaz e inaceptable dentro de las tareas de prevención del Estado. Por este motivo, la guía proporciona las herramientas metodológicas para identificar y desarticular estas estructuras de apoyo en sus estadios primarios.
Reclutamiento en redes, videojuegos y la teoría de las “3N”
La investigación judicial demuestra que la gran mayoría de estos incidentes germina en el ecosistema digital. Los operadores de propaganda extremista analizan perfiles en redes sociales abiertos para identificar a “personalidades vulnerables”, es decir, personas que manifiestan resentimiento, aislamiento social, frustración o crisis de identidad.
Una vez entablado el primer contacto, los reclutadores trasladan a los usuarios hacia canales privados o cifrados, como Telegram o Discord, e incluso aprovechan las comunidades virtuales asociadas a videojuegos en línea como Roblox y Minecraft para tejer lazos de confianza alejados de la supervisión familiar o institucional.

Para desentrañar esta dinámica, el Ministerio Público incorpora la denominada Teoría de las 3N (Needs, Narratives, Networks). Este esquema explica que la radicalización se produce ante la convergencia de una necesidad psicológica de pertenencia o propósito (Needs), un marco ideológico que contrapone un “nosotros” contra “ellos” justificando la violencia (Narratives), y una red social o comunidad digital que valida y potencia dicho discurso extremista (Networks).
- Te puede interesar: Alejandra Monteoliva defendió su gestión en Seguridad y estableció los desafíos para Argentina
Matriz de indicadores e intensidad del riesgo
El protocolo fija una matriz de cinco categorías de indicadores —teorías conspirativas, identificación extremista, escalada discursiva, extremismo violento y movilización— ordenadas según cuatro niveles de riesgo escalonados:
- Riesgo Medio: Señales tempranas como la difusión moderada de teorías conspirativas o discursos de polarización social. En esta instancia prima el análisis OSINT y el monitoreo digital contextual.
- Riesgo Medio-Alto: Creación de contenido propio, adopción explícita de símbolos radicalizados o consumo constante de propaganda. Amerita ampliar la vigilancia digital, requerir antecedentes penales y evaluar las capacidades técnicas del sujeto.
- Riesgo Alto: Legitimación abierta de la violencia, glorificación de ataques pasados o intentos de acceder a armamento y explosivos improvisados. Requiere un monitoreo intensivo en tiempo real e intervenciones telefónicas y digitales autorizadas judicialmente.
- Riesgo Crítico: Proximidad temporal con un ataque. Incluye la integración en células operativas, recepción de instrucciones, planificación concreta de objetivos, emisión de mensajes de despedida (leakage) o borrado masivo de rastros digitales y físicos. Este nivel justifica la adopción inmediata de medidas disruptivas, la detención preventiva de los sospechosos y el allanamiento de dispositivos.
El documento aclara de manera tajante que estos indicadores no constituyen tipos penales autónomos ni presunción de culpabilidad, sino herramientas de gestión de riesgo que deben ser valoradas en conjunto y bajo estricto respeto a las garantías constitucionales, la libertad de expresión y el debido proceso.
La metodología de investigación en 7 áreas
Para que los datos recolectados en la fase inicial o ciberpatrullaje puedan transformarse en prueba judicial válida, la guía estructura el abordaje en siete áreas complementarias e interdisciplinarias:
- Inteligencia financiera: Análisis de movimientos bancarios, rastreo de transferencias tradicionales o mediante criptomonedas y reportes emitidos por la Unidad de Información Financiera (UIF) para detectar estructuras de financiamiento y apoyo logístico.
- Investigación digital: Secuestro y peritaje forense de dispositivos informáticos, computadoras y teléfonos celulares, orientados a la recuperación de archivos borrados, análisis de metadatos y revisión de conversaciones cifradas.
- Vigilancia y seguimiento: Observaciones físicas y electrónicas, seguimiento de patrones de geolocalización y escuchas de comunicaciones previamente autorizadas por el juez competente.
- Fuentes abiertas (OSINT): Recopilación y entrecruzamiento metódico de información de acceso público disponible en redes sociales, foros, blogs, medios masivos y registros digitales.
- Técnicas especiales de investigación: Utilización de figuras contempladas en la Ley 27.319, tales como el agente encubierto, el agente revelador, las operaciones dirigidas en el entorno digital y los acuerdos de cooperación internacional.
- Evidencia física y forense: Relevamiento rigoroso de la escena del hecho, secuestro de insumos o materiales y la realización de pericias químicas, balísticas o explosivísticas con preservación documental de la cadena de custodia.
- Entrevistas e interrogatorios: Toma de declaraciones testimoniales al entorno familiar, social o laboral del investigado y análisis de comportamiento conductual en interrogatorios procesales.




