El litigio entre las provincias de Mendoza y La Pampa respecto del uso de los recursos hídricos del río Atuel data de la década del 40, en el siglo pasado. Pero un reciente decreto del Poder Ejecutivo Nacional volvió a encender la polémica, al otorgar a Mendoza la totalidad de la regalía hidroeléctrica correspondiente al complejo Los Nihuiles, que explota el caudal de ese río, cuyo curso dejó de llegar al territorio pampeano a partir de la construcción de esa obra de infraestructura.
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De esa forma, el Gobierno derogó un decreto de 1973, que había determinado que se debía liquidar en partes iguales, entre Mendoza y La Pampa, el porcentaje correspondiente a las regalías por la explotación de Los Nihuiles.
En un convenio firmado en 1992 entre las dos provincias y la Nación, La Pampa prestó su conformidad a la transferencia del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles del Estado Nacional a la provincia de Mendoza. Por otra parte, se estableció el pago de las regalías correspondientes (50%) a La Pampa.

Mientras tanto, Mendoza siguió alegando que, por más que el río Atuel fuera interprovincial, la generación hidroeléctrica se hacía en su provincia y, por lo tanto, no debía compartir las regalías con La Pampa, lo que es ratificado por el reciente decreto del gobierno de Milei. Por su parte, la administración provincial pampeana recurrió a la Justicia Federal para solicitar que deje sin efecto la norma. Como resultado de ese recurso, una medida cautelar interina del Juzgado Federal de Santa Rosa ordenó la “suspensión inmediata” de los artículos del decreto que otorgan el 100% de la regalía a Mendoza.
Lejos de aceptar la decisión de ese Tribunal, la provincia de Mendoza sostiene que la cuestión debe resolverse en la Corte Suprema, ya que el Juzgado Federal de Santa Rosa es “incompetente” para tratar un conflicto entre provincias. “La Pampa intentó meter por la ventana una disputa que ya habíamos ingresado por la puerta, como corresponde”, afirmó el gobernador mendocino, Alfredo Cornejo.
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La guerra del agua y el problema de fondo: el desvío del Atuel
Respecto de la cuestión de fondo, cabe recordar que en 2014 La Pampa promovió ante la Corte Suprema una demanda contra Mendoza por el perjuicio sufrido debido al uso de las aguas del río Atuel. Entre otras medidas, el distrito que presentó el recurso solicitó al máximo Tribunal que declarara el “daño ambiental colectivo”, dado que las acciones unilaterales de Mendoza afectarían el derecho humano al agua de los habitantes de La Pampa.

En 2020, la Corte reconoció como “debidamente probado” que “la falta de un caudal mínimo en el río Atuel ha sido causa de deterioro ambiental en el noroeste de la provincia de La Pampa”. El máximo Tribunal fijó un caudal mínimo permanente del río Atuel, de 3,2 metros cúbicos por segundo, en el límite entre La Pampa y Mendoza.
Si bien existe también un Comité Interprovincial del Atuel Inferior (CIAI), La Pampa alega que se trata de un “organismo limitado en sus funciones”, donde esta provincia carecería de posibilidades de decidir sobre la disponibilidad de agua para su territorio. Al respecto, el gobernador Sergio Ziliotto alega que “la gestión de la cuenca debe ser compartida y eficiente” y reafirma que “el río Atuel también es pampeano”.




