La Resolución 35/2013, publicada en el Boletín Oficial con la firma del titular de la Secretaría de Comercio Interior, Guillermo Moreno, especifica que el precio tope regirá por seis meses y será “igual al más elevado del día 9 de abril del corriente año”.
A los efectos de la aplicación de la norma “quedará a cargo de las empresas dedicadas a la destilación, comercialización del petróleo y sus derivados, informar para conocimiento de sus clientes el precio más alto en cada región”. El cumplimiento de la medida será supervisado por la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas.
La resolución divide al país en seis regiones: Región 1 del Noroeste (comprende Jujuy, Salta, La Rioja, Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero); Región 2 del Noreste (Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes y Entre Ríos); Región 3 de Cuyo (San Juan, San Luis y Mendoza); Región 4 Pampeana (Córdoba, Santa Fe y La Pampa); Región 5 Patagónica (Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur); y Región 6 (Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Fuente: Télam