Son 29 los países con bases científicas permanentes en el Continente Blanco, pero ¿quién maneja el territorio?
Son muchos los países que históricamente reclaman la soberanía en la Antártida, pero el Continente Blanco no pertenece a nadie, sino que se rige por lo establecido en el Tratado Antártico firmado en 1959 por los doce países que participaban en ese momento de la actividad.
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Dicho Tratado -compuesto por una breve introducción y solo 14 artículos- regula la actividad de la región situada al sur del paralelo de 60º S, declara a la Antártida como tierra de paz y ciencia, establece que se utilizará exclusivamente para fines pacíficos, prohíbe toda actividad militar y los ensayos armamentísticos.
Un dato no menor es que esta disposición no es interpretada como una renuncia a los reclamos de soberanía sino que estos quedan pausados.
En síntesis, si tenemos que simplificar la esencia del Tratado, podríamos decir que las tres ideas fuerza que rigen son cooperación, ciencia y paz.

¿Qué establece el sistema del Tratado Antártico?
El 1 de diciembre de 1959, en Washington, se firmó el Tratado Antártico que entró en vigencia en 1961. Este acuerdo marcó el inicio de una nueva etapa en la cual prima la cooperación internacional y el intercambio de información científica.
El mismo fue firmado originalmente por: Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Japón, Noruega, Nueva Zelandia, Sudáfrica y la Unión Soviética. Y en la actualidad es reconocido por 48 países.
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En este acuerdo se establece que el continente antártico sólo podrá ser utilizado para fines pacíficos, prohíbe el establecimiento de bases militares, el uso de armamento y la realización de maniobras o explosiones nucleares. Por otra parte y a fin de promover que se cumplan las disposiciones, establece que tanto las instalaciones científicas como los barcos pueden ser inspeccionadas libremente.
Además de estas características únicas, su carácter excepcional está dado porque las resoluciones se toman en las Reuniones Consultivas de las que participan todos los países miembros por consenso unánime de las partes. Dicho de otro modo, solo los países consultivos pueden participar de las decisiones que afectan al sexto continente.

Respecto de su vigencia, aunque finaliza en el año 2048, los especialistas coinciden en que es muy difícil que pierda vigor.
Luego de este acuerdo, se fueron aprobando de manera sucesiva otros documentos complementarios y quedó conformado el Sistema del Tratado Antártico:
- Convención para la Conservación de Focas Antárticas (1972)
- Convención para la Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (1980)
- Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, conocido como Protocolo de Madrid (1991).
Los alcances del tratado
Este último acuerdo -que entró en vigor en 1998- complementa el Tratado Antártico y hace hincapié en proteger los valores naturales y científicos del continente blanco, prohíbe la explotación minera salvo para fines científicos y establece los principios elementales que deben regir las actividades humanas en la Antártida.
La flora y la fauna están especialmente protegidas, tanto que solo los científicos dedicados a su estudio particular pueden acercarse a ellas y también está prohibida la intromisión de especies foráneas que podrían impactar negativamente en las autóctonas. Esta fue la razón por la cual se retiraron del continente a los perros que acompañaban a los exploradores polares.

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La gestión de los residuos es otro punto importante, por el alto costo que tiene el traslado logístico: los restos orgánicos pueden ser tratados allí, mientras que el resto -plásticos, metales, vidrio, residuos peligrosos como químicos, entre otros- se almacena y posteriormente se retira en barcos.
Además, se estableció que cualquier actividad a desarrollarse, ya sea desde la construcción de una base hasta una visita turística, debe presentar previamente una evaluación de impacto ambiental que acarrea.