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“El machismo mata”

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Según un estudio publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas del Uruguay, siete de cada diez mujeres han sufrido situaciones de violencia basada en género en algún momento de su vida. Ante esta evidencia, el Gobierno ha encarado una serie de políticas y reformas legislativas tendientes a una mayor protección de la mujer en situaciones de riesgo.

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“Tocan a una, tocan a todas”. Bajo ese lema, y en simultáneo con la campaña “Ni una menos” organizada en Argentina, miles de uruguayos y uruguayas se movilizaron el pasado 4 de junio contra la violencia de género en distintas ciudades del país. Este flagelo afecta, según una encuesta oficial, al 68,8 por ciento de las mujeres orientales mayores de 15 años. El porcentaje se profundiza aún más en el caso de las mujeres afrodescendientes, ya que el 78,5 por ciento de ellas declara haber sufrido situaciones de este tipo, frente al 67,2 por ciento de sus congéneres no afro. “El pico más alto –especifica la Encuesta Nacional de Violencia Basada en Género y Generaciones– se encuentra en el tramo de 19 a 29 años”.

Al desagregar los datos por niveles socioeconómicos, el informe precisa que “del total de mujeres de 65 y más años que viven en hogares de menores ingresos, el 12,2 por ciento ha vivido situaciones de violencia por parte de su familia actual. En hogares que se ubican en el nivel medio, el 7,6 por ciento de mujeres de 65 y más años experimentaron violencia, mientras que el 10,7 por ciento viven en hogares pertenecientes al nivel socioeconómico alto”. Cuando se les pregunta si han vivido situaciones violentas provocadas por sus parejas o exparejas, el resultado es el siguiente: aproximadamente una de cada cuatro mujeres (23,7 por ciento) declara haber vivido violencia en su relación de pareja (unas 170.000 mujeres). Y, con respecto al período de toda la vida, el 45,4 por ciento dice haber experimentado algún tipo de violencia en sus relaciones de pareja (es decir, cerca de 400.000 mujeres).

El drama de los femicidios

En lo que respecta a los femicidios, la estadística es elocuente: de las 49 mujeres asesinadas entre noviembre de 2013 y octubre de 2014, 24 de esos crímenes fueron consecuencia de casos de violencia doméstica. En el mismo período se produjeron 15 intentos de asesinatos de mujeres en las mismas circunstancias. Esto implica que, en esos doce meses, cada nueve días se consumó un femicidio o existió una tentativa de provocarlo. En lo que se refiere al presente año, la directora del Instituto Nacional de Mujeres (Inmujeres), Mariela Mazzotti, precisó en junio pasado a la agencia EFE que se habían producido “a esta altura ya 20 muertes de mujeres por violencia basada en género a manos de sus parejas o exparejas”, una “cifra muy alta” que invita a la reflexión.

Al respecto, el director general de la Secretaría del Ministerio del Interior uruguayo, Charles Carrera, se mostró favorable a la tipificación de la figura del “femicidio” en el Código Penal de su país, tal como lo hizo el Congreso argentino en noviembre de 2012. En una columna publicada en el portal de esa cartera gubernamental, Carrera señalaba que “el femicidio tiene características especiales”, ya que “el bien jurídico tutelado no es solamente la vida, sino que además protege la integridad física”. Se trata, indicaba allí, de “un proceso estructural de violencia hacia la mujer, con una serie de actos de agresión física y psicológica que culminan con ese hecho atroz que es quitarle la vida”.

Medidas preventivas y monitoreo

Hace ya trece años, en junio de 2002, el Parlamento uruguayo sancionó la Ley 17514, que declara “de interés general las actividades orientadas a la prevención, detección temprana, atención y erradicación de la violencia doméstica”. La norma define como tal “toda acción u omisión, directa o indirecta, que por cualquier medio menoscabe, limitando ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los derechos humanos de una persona, causada por otra con la cual tenga o haya tenido una relación de noviazgo o con la cual tenga o haya tenido una relación afectiva basada en la cohabitación y originada por parentesco, por matrimonio o por unión de hecho”. Entre sus manifestaciones concretas, se mencionan la violencia física, psicológica o emocional, sexual y patrimonial, esta última vinculada a la sustracción, retención u ocultamiento de bienes, instrumentos de trabajo, documentos o recursos económicos con el objetivo de “coaccionar la autodeterminación de otra persona”. Según cifras de las autoridades orientales, la violencia psicológica es la más frecuente (43,7 por ciento), seguida de la patrimonial (19,9 por ciento), la física (14,8 por ciento) y la sexual (6,7 por ciento)

Entre las medidas de protección que el juez actuante está habilitado a decretar en pos de la protección de la víctima, se mencionan: el retiro del agresor de la casa común; la prohibición, restricción o limitación de su presencia en el domicilio, residencia o lugar de trabajo de la víctima; la prohibición de comunicación con la persona afectada por su conducta; la incautación de armas que el agresor tuviere en su poder; y la asistencia obligatoria a programas de rehabilitación. En este sentido, en febrero de 2013, se puso en funcionamiento el sistema de monitoreo a través de tecnología de presencia y localización de personas en casos de alto riesgo de violencia doméstica. Esta vigilancia se realiza mediante la instalación de “tobilleras”, que permiten el seguimiento y control de las medidas dictadas por la Justicia durante las 24 horas del día.

La información brindada por el Centro de Comando Unificado del Ministerio del Interior al diario El Observador indicaba que, al mes de mayo pasado, había 93 “tobilleras” activadas, de las cuales 70 correspondían a medidas decretadas en Montevideo, 22 al departamento de Canelones y una a San José. Paulatinamente, el sistema se irá implementando en el resto del país.

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