La reforma de la Ley de Glaciares ya es un hecho y marca un punto de inflexión en la política ambiental argentina. Tras más de diez horas de debate y en un clima atravesado por tensiones entre el Gobierno, la oposición y organizaciones ambientalistas, el Congreso aprobó una modificación clave de la Ley 26.639 que redefine qué zonas quedarán protegidas y bajo qué criterios. La iniciativa, impulsada con el respaldo de provincias mineras, obtuvo 137 votos a favor, 111 en contra y tres abstenciones, en medio de denuncias de lobby empresario, advertencias científicas y protestas frente al Congreso.
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El nuevo texto introduce un cambio central: modifica el criterio de protección, que hasta ahora consideraba a glaciares y ambiente periglaciar como reservas estratégicas, para limitarla a aquellos con aporte hídrico relevante y comprobable. En la práctica, esto podría habilitar, en determinados casos, el avance de actividades como la minería y la explotación energética en áreas que antes estaban restringidas, y reabre una discusión de fondo sobre los límites entre desarrollo productivo y preservación ambiental.
En un contexto global marcado por el retroceso acelerado de los glaciares –y tras un 2025 declarado como el Año Internacional de la Conservación de Glaciares–, la decisión argentina vuelve a poner en foco qué está en juego cuando se modifican las reglas de protección de estos ecosistemas. Lejos de tratarse de un debate técnico, el impacto es concreto: la disponibilidad de agua, la estabilidad de los ecosistemas de montaña y la vida cotidiana en amplias regiones del país.

Mientras desde el oficialismo defienden la reforma como una actualización necesaria para compatibilizar producción y ambiente, especialistas advierten que podría implicar un retroceso en materia de protección. A esto se suma la circulación de desinformación durante el debate —desde la relativización del cambio climático hasta interpretaciones erróneas sobre el alcance de la ley—, lo que complejiza aún más una discusión clave: qué modelo de desarrollo se busca y qué lugar ocupan los recursos naturales en ese esquema.
Para profundizar sobre las implicancias de la reforma a la ley, DEF consultó a Juan Carlos Villalonga, ecologista, ex diputado e integrante del Círculo de Política Ambientales, quien repasó las claves de la nueva normativa.
Cómo es el sustento técnico y la participación ciudadana del debate
-¿Cuáles son los principales cambios que introduce la ley y qué implicancia tiene para la protección de glaciares y ambientes periglaciares?
En términos concretos, la reforma otorga a las provincias un amplio margen para excluir glaciares del inventario si consideran que no tienen relevancia hídrica. Al mismo tiempo, el rol del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) queda desdibujado: su inventario puede ser modificado, según los criterios y prioridades de cada jurisdicción, sin parámetros uniformes. En la práctica, se pasa de un enfoque basado en la rigurosidad científica a otro atravesado por decisiones de carácter político.
-¿Qué lugar tuvieron la evidencia científica y los informes técnicos en el debate de la reforma?
Una de las principales falencias del proceso –rápido y fuertemente polarizado– fue la ausencia de evaluaciones exhaustivas sobre los 15 años de aplicación de la ley. No se solicitaron informes al sistema científico ni académico, ni tampoco a organismos públicos, provincias, empresas o entidades especializadas. En la práctica, la participación técnica se redujo a exposiciones breves y aisladas, insuficientes para un análisis serio. Dicho de otro modo, permitir que unos pocos expresen su opinión en cinco minutos no es serio.
Hubiera sido clave contar con una revisión integral del trabajo del IANIGLA: conocer si dispuso de presupuesto adecuado, cómo fueron los tiempos de ejecución, el grado de cooperación con las provincias, las obligaciones pendientes y los riesgos legales enfrentados. Nada de eso formó parte del debate. Aun así, la reforma avanzó apoyada en argumentos simplificados, en muchos casos promovidos por voceros del sector minero, lo que deja en evidencia una preocupante falta de rigor en la toma de decisiones y una actitud, como mínimo, irresponsable.

-¿Cómo evalúa la participación ciudadana y la calidad del debate público en este proceso?
La participación ciudadana no fue contemplada desde el inicio. El proyecto se incluyó en sesiones extraordinarias para acelerar su tratamiento y así obtuvo media sanción en el Senado. En Diputados, fuera de ese período, la audiencia pública se consiguió casi a la fuerza. El resultado fue inédito: más de 100.000 personas se inscribieron, una cifra sin precedentes, impulsada por el malestar social frente a un proceso percibido como manipulado y atravesado por un discurso oficial confrontativo. La selección de expositores, además, se realizó con criterios poco transparentes y paupérrimos.
En paralelo, el debate público se activó principalmente desde el ambientalismo en medios y redes sociales.Por su lado, las escasas voces que defendieron la reforma no lograron generar adhesión.
Ley de Glaciares: cómo será su implementación
-¿Qué actividades continúan restringidas o prohibidas y qué efectos tiene la reforma en sectores como la minería y la energía?
Sin dudas, levantar la prohibición –o permitir habilitaciones provinciales para intervenir sobre ciertos cuerpos de hielo– podría volver viables algunos proyectos mineros. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos proyectos tendrán muchos desafíos estructurales, relacionados con la realidad del país.
Pese a que se intentó instalar que la ley de glaciares es una barrera para la minería, el desarrollo del sector está condicionado por debilidades institucionales a nivel nacional y provincial, riesgos regulatorios, problemas de corrupción, restricciones macroeconómicas –como el acceso a divisas– y una infraestructura energética y vial insuficiente en las zonas donde se concentran los proyectos. Aun así, se ha construido la idea de que el futuro de la minería depende exclusivamente de lo que ocurra con los glaciares.
-¿Cómo se aplicará la ley, qué organismos estarán a cargo del control y qué sanciones prevé ante posibles incumplimientos?
Bajo esta nueva lógica, el escenario se asemeja al previo a 2010, antes de la sanción de la ley de glaciares: sin un ordenamiento territorial obligatorio y con la evaluación y el control en manos de las provincias.
Cabe recordar que, en aquel contexto, las empresas mineras intervenían directamente sobre glaciares, lo que motivó la sanción de la norma como respuesta a este desmanejo. En los hechos, se está retornando a ese esquema.
-¿Cómo se articula la norma con las provincias y sus competencias sobre los recursos naturales?
Aquí se pone en tensión el equilibrio que establece la Constitución Nacional entre la Nación y las provincias. La reforma lo quiebra y nos devuelve a un escenario de fragmentación regulatoria. La Constitución de 1994 reconoce el dominio originario de los recursos naturales por parte de las provincias –lo que les permite, por ejemplo, percibir regalías–, pero al mismo tiempo asigna al Congreso la facultad de fijar presupuestos mínimos de protección ambiental, es decir, el consenso básico que rige en todo el territorio.
Ese esquema queda desdibujado con esta modificación. Se pueden enunciar objetivos, escribir decenas de artículos ambiciosos en una ley, pero si en la práctica se deja librada la decisión a cada provincia, la política común se diluye. Ya no hay un estándar nacional compartido ni un verdadero presupuesto mínimo, sino una dispersión que erosiona la idea misma de política ambiental nacional.

El escenario futuro: próximos debates sobre glaciares
-¿Qué impacto puede tener esta reforma en el equilibrio entre protección ambiental y actividad productiva?
Creo que se está resquebrajando la gobernanza ambiental construida durante las últimas tres décadas. Asistimos a un retroceso en la concertación nacional que establece la Constitución y, al mismo tiempo, a un distanciamiento de los acuerdos ambientales internacionales.
Esta reforma funciona como un punto de inflexión en ese proceso. Marca el fin de una etapa que se viene promoviendo hace años, y se inscribe en una orientación política más amplia: se diluyen las responsabilidades a nivel nacional y se avanza hacia un esquema de mayor fragmentación regulatoria, económica y política. En ese contexto, la noción misma de Nación se debilita.
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-¿Qué debates, tensiones y posibles conflictos –políticos, judiciales o productivos– genera esta ley?
Volvemos a lo que sucedía antes de la reforma de la Constitución Nacional de 1994. Un mosaico de conflictos regionales, regulaciones incoherentes y competitivas entre provincias y la ausencia de políticas nacionales. Eso eran los 80. Esto va de la mano de un país que deja de ser parte de organismos internacionales y acuerdos que exigen políticas domésticas robustas. De esa realidad venimos y ahora hemos votado volver.
No tengo dudas que comenzarán los litigios y conflictos judiciales por lo irregular de esta reforma; de hecho, no pasaron 24 horas de su aprobación y ya vemos que La Pampa inició una acción de ese tipo. Habrá mucha litigiosidad.




