Este martes el Ministerio de Defensa, encabezado por Luis Petri, difundió mayor información sobre la operación “Presidente Julio Argentino Roca” que, desde el 15 de abril hasta el 15 de diciembre de este año, protagonizarán los efectivos de la cartera junto con los del Ministerio de Seguridad.
Días atrás, Petri firmó la resolución que da inicio a la actividad que las Fuerzas Armadas realizarán en la denominada “Zona de Seguridad de Fronteras Norte y Noroeste”. El documento resulta de interés para comprender el marco legal de la iniciativa
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El objetivo de la Operación “Julio Argentino Roca”
De acuerdo con el comunicado del Ministerio de Defensa, la operación “Julio Argentino Roca” pretende reforzar la vigilancia y el control terrestre, fluvial y aereoespacial en la “Zona de Seguridad de Fronteras”.

En ese sentido, aclararon que el despliegue se enmarca en dos normativas fundamentales: el Decreto 1112/2024 y en la Ley de Defensa Nacional.
“Las Fuerzas Armadas operarán en zonas rurales del Norte y Noreste del país, alejadas de los centros urbanos y fuera de los pasos fronterizos internacionales oficiales”, detallan desde la cartera, al tiempo que aclaran que las acciones se coordinan con el Ministerio de Seguridad Nacional y pretenden generar información estratégica para ambos organismos.
Sobre el Decreto mencionado, es uno de las dos que el presidente de la Nación, Javier Milei, firmó hacia fines del año 2024 y que impactan en el accionar de las Fuerzas Armadas.
El 1112/2024 aclara que el personal militar deberá actuar de manera disuasiva o efectiva ante amenazas y agresiones de origen externo que se desarrollen o incidan en los espacios terrestres, marítimos, fluviales, lacustres, aeroespacial, ciberespacial y en el espectro electromagnético sin perjuicio de las misiones establecidas en la Ley de Seguridad Interior (24.059) y de Defensa (24.948).
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En cambio, el Decreto 1107/2024, pone el foco en la definición de los objetivos de valor estratégico que deberán ser custodiados por el personal dependiente del Ministerio de Defensa: instalaciones, o conjuntos de ellas, y entidades materiales de vital importancia para el Estado, como centrales nucleares, embalses, la Casa de Gobierno o el Congreso.

Con brigadas con 10.000 efectivos, drones y aviones: así será el despliegue militar
Mientras que el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas -organismo que opera con los medios y efectivos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea Argentina– se encuentra ultimando los detalles vinculados al nombramiento de una autoridad que esté a cargo de la Operación y a la ejecución y planeamiento de las actividades; el Ministerio de Defensa aclaró que en ella participarán brigadas del Ejército conformadas por más de 10.000 efectivos.
El dato: en el marco de la Fuerza que conduce el teniente general Carlos Alberto Presti, una brigada es un elemento militar concebido como una gran unidad de combate. Estos están integrados por todas las Armas de la Fuerza (aquellas especialidades que son calificadas de acuerdo a sus funciones en el combate). En resumen, un brigada cuenta con unidades para el combate, como las de Infantería y Caballería; otras de apoyo de fuego, como las de Artillería; de Ingenieros, para facilitar la movilidad propia y la contramovilidad; y, finalmente, de Comunicaciones.
De todas maneras, de acuerdo con el comunicado de Defensa, en el despliegue permanente estarán involucrados hasta 1.300 efectivos en la zona. Asimismo, se espera el uso de drones, radares móviles, helicópteros, comunicaciones y un avión Diamond DA 62 (una de las aeronaves recientemente adquiridas para el Ejército) que será empleado para realizar relevamiento.

El interrogante, sobre todo para el personal militar, gira alrededor de las reglas de empeñamiento que deberán tener en cuenta a la hora de actuar. De acuerdo con la resolución firmada por el ministro Petri éstas están definidas y sus particularidades fueron publicadas en un documento de carácter reservado.
En ese sentido, en el comunicado aclararon que “el personal fue capacitado con ejercicios prácticos bajo reglas de empeñamiento y contará con nuevo equipamiento de protección individual”. Además, añadieron que el despliegue será flexible y se adaptará a los distintos escenarios de la frontera.
El ministro Luis Petri en la provincia de Salta: ¿qué es el plan Güemes?
Este lunes el ministro Luis Petri estuvo en la provincia de Salta, donde, junto a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y el gobernador de la provincia, Gustavo Saenz, pusieron en marcha el nuevo corredor del Plan Güemes. ¿El objetivo?, reforzar la presencia del Estado en localidades como Tartagal, Aguaray y Salvador Maza. Lugares considerados “críticos” para ambas carteras.
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“Hoy las respuestas están llegando. Nación, provincia y municipios trabajan juntos para enfrentar al narcotráfico y al crimen organizado”, aclaró Petri en su cuenta de X, al tiempo que agregó: “Durante años, un sesgo ideológico dejó a las Fuerzas Armadas al margen de estas tareas. Pero la defensa de los intereses vitales de la patria, de la soberanía y de la integridad territorial también se juega en las fronteras”.
En ese sentido, desde la cartera aclararon que la operación “Roca” llega para complementar y reforzar ese plan y otras acciones que se llevarán adelante para resguardar las fronteras en el Norte y Noreste del país.

Las normas que fundamentan la operación “Julio A. Roca”
El pasado 11 de abril, y con la firma de Luis Petri, el Ministerio publicó la resolución con la que lanzó la operación “Julio Argentino Roca”.
Ese documento recupera lo establecido en la Ley de Defensa N.º 23.554, norma que entiende que la defensa nacional es la integración y la acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación para la resolución de conflictos que requieran el empleo de las FF. AA. (en forma disuasiva o efectiva) para enfrentar las agresiones de origen externo. Otro detalle: la norma prevé la existencia de un Sistema de Defensa Nacional.
La Ley de Seguridad Interior N.º 24.059 es otra de las normativas recuperadas en la resolución: según el documento del 11 de abril es clave porque establece que las Fuerzas Armadas deben coadyuvar a las Fuerzas de Seguridad en el resguardo de la libertad, la vida y el patrimonio de los argentinos.
Además, la resolución menciona el Decreto 15.385/44, que habla de que el servicio de policía ejercido en las zonas de seguridad de fronteras (por Gendarmería y Prefectura Naval) podrá ser reforzado, en caso necesario, por “personal y elementos de los entonces Ministerios de Guerra y Marina” (desde la cartera aclararon que, en la actualidad, corresponde a personal y elementos militares dependientes del Ministerio de Defensa).

Para el ministerio de Petri, ese refuerzo debe ser entendido como un complemento de las Fuerzas de Seguridad, según lo dispuesto por la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059.
Asimismo, con respecto a los márgenes de operación, en la resolución se mencionan dos decretos más, el 253/18 y el 1112/24: el primero redefine y modifica las zonas de seguridad de fronteras donde el Estado es responsable de coordinar políticas públicas de seguridad y de defensa; y el segundo determina que la cartera podrá tomar medidas (administrativas, operativas y logísticas) para intensificar las tareas de vigilancia y control de Zonas de Seguridad de Fronteras por parte de las FF. AA.
“Las Fuerzas Armadas pueden ser empleadas para disuadir amenazas como para actuar de manera efectiva frente a agresiones”, detalla la resolución.
El dato: según la resolución firmada por el ministro Petri, los efectivos militares proporcionarán su propia seguridad y repelerán las agresiones que pongan en riesgo la vida personal o afecten gravemente el material y equipos necesarios durante la ejecución de las operaciones.