A partir de la intenciรณn del gobierno nacional de imponer gravรกmenes a las compaรฑรญas que ofrecen servicios mediante plataformas digitales, Juan Manuel Vรกzquez analiza, en diรกlogo con DEF, algunas alternativas posibles. Por Nadia Nasanovsky. Foto: F. C. y gentileza de J. M. V.
ยฟNinguna de estas empresas digitales paga impuestos en la Argentina?
En nuestro paรญs, la normativa tributaria se encuentra claramente desactualizada y en algunos casos no existe certeza en relaciรณn a si los negocios que integran la economรญa digital se encuentran efectivamente alcanzados por los impuestos existentes, y si, en caso de estarlo, la AFIP cuenta con herramientas suficientes para cobrarlos efectivamente y de forma equitativa.
ยฟCuรกles son los obstรกculos que impiden avanzar con la legislaciรณn actual?
En el caso del impuesto a las ganancias, la dificultad radica en que, en primer lugar, no existe claridad sobre el verdadero alcance del concepto de โrenta de fuente argentinaโ. Las confusiones provienen de la propia ley y su decreto, como asรญ tambiรฉn de ciertos precedentes jurisprudenciales que, lejos de esclarecer el alcance de las normas, lo oscurecieron. En segundo lugar, la renta generada por estos negocios, son muy difรญciles de encuadrar en tanto poseen, en mayor o menor medida, elementos caracterรญsticos de varios negocios jurรญdicos, que no se encuentran contemplados expresamente por el derecho civil o comercial.
En el caso delย IVA, los paรญses tradicionalmente establecieron para el caso de provisiรณn transfronteriza de intangibles y servicios a consumidores finales que el IVA debe ser cobrado en el paรญs donde el proveedor se encuentra radicado en lugar de en el paรญs del consumo. Esta regla fue desarrollada aรฑos atrรกs cuando los consumidores adquirรญan productos predominantemente de vendedores locales. Sin embargo, la revoluciรณn digital produjo que el volumen de transacciones transfronterizas de servicios digitales e intangibles a consumidores finales aumentara significativamente y que la cantidad de ingresos tributarios perdidos por el paรญs del destino fuera cada vez mรกs significativo. Ademรกs, como efecto colateral, la no gravabilidad de estos servicios, pone a losย proveedores locales en clara desventaja en tanto sus ventas se encuentran sujetas al IVA, mientras que las de sus competidores extranjeros no lo estรกn.ย En Argentina, la ley de IVA de 1999 adopta el criterio del โpaรญs del destinoโ por lo que el impuesto alcanza a las prestaciones de servicios realizadas en el exterior cuya utilizaciรณn o explotaciรณn efectiva se lleve a cabo en el paรญs. Sin embargo, la ley condiciona dicho supuesto a que los prestatarios sean sujetos de impuesto por otros hechos imponibles y revistan la calidad de responsables inscriptos. En esas condiciones, la prestaciรณn de servicios realizados desde el exterior por compaรฑรญas propietarias de plataformas como Netflix, Uber o Airbnb, estarรญan alcanzadas por el gravamen. No asรญ aquellas prestadas a consumidores finales no inscriptos en el impuesto.
Por estas razones, siguiendo las guรญas de la OCDE, muchos paรญses han comenzado a modificar sus leyes de IVA para adaptarlas a los nuevos desafรญos. Argentina podrรญa seguir el mismo camino.
Otra alternativa para gravar la economรญa digital es a travรฉs de impuestos internos, aplicando una alรญcuota relativamente alta, en donde se excluyan las operaciones que ya estuviesen percutidas por el IVA, a fin de poner en un pie de igualdad a los proveedores locales sujetos a IVA y a aquellos radicados en el extranjero que no estรกn alcanzados por ese impuesto.
El camino no parece sencillo…
Las alternativas disponibles van desde reformar los impuestos existentes, con las complicaciones que cada una de esas alternativas genera, hasta crear un nuevo impuesto especial como lo hizo el Reino Unido. Sin perjuicio de la vรญa que se elija, cabe seรฑalar que la complejidad del caso lleva a que sea muy difรญcil encontrar una alternativa que no encuentre reparos. Pero no caben dudas de que Argentina debe encarar este debate de forma urgente y con una mirada hacia el futuro en tanto la irrupciรณn de nuevas tecnologรญas indican que el uso de las tecnologรญas digitales en las actividades econรณmicas seguirรก creciendo.ย